Consejo Académico

El Consejo Académico está integrado por la Rectora quien lo preside, los directivos docentes y un docente por cada área de finida en el plan de estudios.
Su función más importante es la de servir de órgano consultor y asesor del Consejo Directivo y de la Rectora en lo relacionado con el desarrollo académico del establecimiento.
La elección del miembro del Consejo Académico se hará en la semana de planeamiento institucional al inicio del año escolar y podrán ser reelegidos hasta por un periodo más.

Funciones del consejo académico
a) Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de la propuesta del proyecto educativo institucional;
b) Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el Decreto 1075 de 2015.
c) Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución;
d) Participar en la evaluación institucional anual.
e) Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento
de los educandos y para la promoción, asignarles sus funciones y supervisar el proceso general de evaluación;
f) Recibir y decidir los reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa, y
g) Analizar y recomendar sobre situaciones de promoción anticipada, para estudiantes sobresalientes que demuestren capacidades excepcionales, o para la Promoción ordinaria de estudiantes con discapacidades notorias.
h) Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el proyecto educativo institucional